jueves, 12 de marzo de 2009

Orden MARM ayuda específica algodón 2009

Como comentamos en clase, debían publicarse las órdenes del Ministerio y de la CAP referentes a la ayuda específica del algodón 2009. Hoy se ha publicado en el BOE la Orden del MARM: Orden ARM/600/2009.

Superficies con derecho a ayuda: Las parcelas elegibles para la siembra de algodón que podrán acogerse a la ayuda en la campaña 2009/2010, serán aquéllas en cuyas superficies agrícolas se haya sembrado algodón con derecho a ayuda al menos una vez durante las campañas 2000/2001, 2001/2002 y 2002/2003.

Variedades autorizadas: Todas las recogidas en el catálogo comunitario.

Condiciones de cultivo: Para tener derecho a la ayuda por hectárea de algodón será necesario que las superficies sembradas de algodón:

a) Hayan respetado la rotación del cultivo, es decir, que en las mismas no se haya cultivado algodón en la campaña 2008/2009. No obstante, las Comunidades Autónomas podrán exceptuar de la necesidad de dicha rotación de cultivo aquellas explotaciones cuya superficie total sembrada de algodón no supere las diez hectáreas adoptando, en su caso, las medidas necesarias para evitar que se creen artificialmente las condiciones para cumplir este requisito.

b) Tengan una densidad mínima de 120.000 plantas/ha en regadío, salvo para las variedades híbridas interespecíficas, para las que la densidad mínima se reduce a 75.000 plantas/ha. En secano la densidad mínima será de 90.000 plantas/ha.

c) Para poder optar a la ayuda la producción de algodón deberá desarrollarse en condiciones normales de cultivo, con variedades autorizadas, y efectivamente cosechadas. Será comprobado que la producción cosechada reúna las condiciones de calidad sana, cabal y comercial.